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¿Cuál es la lucha de la UCPS?

La lucha de la Unión de Colonias de la Puerta Sur A. C. y del movimiento cívico Salvemos al Bosque busca impedir que se consume el ecocidio por la construcción del desarrollo denominado Fraccionamiento Santa Anita Hills, también conocido como Bosque Alto, que se pretende desarrollar sobre un predio que forma parte del área de transición del Bosque de la Primavera en el municipio de Tlajomulco de Zúñiga en el Estado de Jalisco, que en última instancia vendría a perjudicar a todos los habitantes de la zona metropolitana de Guadalajara.

Lo que buscamos es evitar que la empresa Inmobiliaria Rincón del Palomar SA de CV logre dañar de manera irreversible alrededor de 15 mil árboles, en su mayoría encinos, que forman parte del área de transición del Bosque de la Primavera; el cual fue considerado en el 2006 como Reserva de la biósfera por la UNESCO; alegando que se encuentran fuera del perímetro señalado en el decreto presidencial correspondiente a La Zona de Protección Forestal y Refugio de la Fauna Silvestre La Primavera; establecida mediante Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 6 de marzo de 1980, dejando de lado que los ecosistemas carecen de límites definidos y que, por lo tanto conforman sistemas continuos sin fronteras.

Cabe hacer notar que mediante las distintas acciones jurídicas intentadas lo que pretendemos es salvaguardar nuestro derecho a un medio ambiente sano consagrado por la Declaración Universal de Derechos Humanos adoptada por la asamblea general de la Organización Naciones Unidas ONU; así como por el artículo 4 de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General del Equilibrio y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental (LFRA). Al tiempo que se evita que continúen las desgracias análogas a las ocasionadas por los daños que causaron las tormentas que obligo al Ayuntamiento de Tlajomulco de Zúñiga a aprobar dos declaratorias de emergencia municipal visibles en las gacetas municipales con fechas 1 & 22 de Julio de 2019. Toda vez que los habitantes de la zona tenemos el temor fundado del riesgo potencial de sufrir un mayor deslizamiento de lodo y piedras como el acontecido el pasado 21 de Julio en caso de que se lleven a cabo las obras de urbanización, del Desarrollo inmobiliario denominado Santa Anita Hills

Dado que más allá de indudable daño ecológico y la violación de nuestros derechos humanos a un medio ambiente sano que representaría la realización del proyecto denominado Santa Anita Hills nos encontramos seriamente preocupados por el riesgo que puede significar a los habitantes aguas abajo la realización del Fraccionamiento Santa Anita Hills dada las elevadas pendientes que presenta dicho terreno al pasar de la cota 1630 en la Avenida López Mateos a la 1800 en la parte alta de dicho desarrollo. Amén de una serie de rocas que presentan el peligro de desprenderse, poniendo en riesgo la vida de los vecinos colindantes con dicho desarrollo.

Al respecto cabe hacer notar una vez más que se trata de tierras frágiles por el alto riesgo de la estabilidad de sus laderas que al ser removidas durante los trabajos de urbanización y construcción, incrementara de forma notable su fácil arrastre al ser expuesto a las corrientes de agua y viento. Ocasionando graves deslaves de la capa de suelo vegetal existente que solo logro estabilizarse transcurridos cientos de años. Como ya ocurrió sin que aún se llevaran a cabo ningún trabajo en la zona.

Al respecto cabe hacer notar una vez más que se trata de tierras frágiles por el alto riesgo de la estabilidad de sus laderas que al ser removidas durante los trabajos de urbanización y construcción, incrementara de forma notable su fácil arrastre al ser expuesto a las corrientes de agua y viento. Ocasionando graves deslaves de la capa de suelo vegetal existente que solo logro estabilizarse transcurridos cientos de años. Como ya ocurrió sin que aún se llevaran a cabo ningún trabajo en la zona.

Dado que es un hecho científicamente comprobado que la pendiente del terreno afecta los escurrimientos superficiales imprimiéndoles mayor velocidad. El tamaño de las partículas así como la cantidad de material que el escurrimiento puede desprender, son una función de la velocidad con la que el agua fluye sobre la superficie. Y a su vez, la velocidad depende de la pendiente. En igualdad de condiciones, conforme se incrementa la pendiente, el agua fluye más rápido y en consecuencia el tiempo para la infiltración del agua al suelo es menor. Existiendo el grave riesgo de deslizamientos y desprendimientos de rocas, toda vez que la erosión y la gravedad actúan constantemente para transportar materiales de las zonas más altas hacia abajo. Dado que en las áreas empinadas en las que los incendios forestales o cambios en el terreno hechos por el hombre han destruido la vegetación son particularmente propensas a los deslizamientos de tierra durante y después de lluvias torrenciales.

Así mismo cabe destacar que está científicamente demostrado que la erosión está en función de la textura del suelo, el contenido de materia orgánica y el contenido inicial de humedad. Estas propiedades se relacionan entre sí, observando que el contenido de materia orgánica afecta directamente la estabilidad estructural y ésta, a su vez, influye en la retención de humedad y conductividad hidráulica del suelo. De manera que las cantidades de agua que se infiltran en las superficies del predio, variaran considerablemente dependiendo del porcentaje de cobertura vegetal que presentan o si simplemente presentan suelo desnudo. Lo cual se traducirá en mayores inundaciones de las zonas aledañas.

Lo que indudablemente se traducirá en graves inundaciones de la zona. Es una situación recurrente ver la Avenida López Mateos Sur principal vía de comunicación hacia el área metropolitana paralizada en época de lluvias, situación que se vendría agravar seriamente de permitir la realización de este proyecto.

Dicho proyecto amén del indebido cambio de uso de suelo forestal, adicionalmente representa un grave riesgo para las vidas y propiedades de los habitantes aguas abajo debido a la serie de rocas que presentan el peligro de desprenderse como ha venido sucediendo aun antes de empezar dicho proyecto, lo cual significa un enorme riesgo para la vida de los vecinos colindantes con dicho desarrollo.

Por lo que, no debe pasar inadvertido que tal y como se desprende del punto XIV de la parte considerativa del Decreto DIGELAG DEC 001/2018, publicado en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el día 29 veintinueve de enero de 2018. dos mil dieciocho, por el que se establece la aprobación la zona de recuperación ambiental “Cerro el Tajo”; el mismo se” emitió considerando que el dictamen sobre valoración de riesgos del sitio, emitido por la Unidad Estatal de Protección Civil del Estado de Jalisco.

Adicionalmente cabe señalar que existen dictámenes análogos tanto por parte de Q.I. Luis Rodrigo Arellano Estrada, en su carácter de Director General de Protección Civil y Bomberos del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco que deja constancia de que fue revisada y evaluada la información contenida en los Atlas de Riegos Estatal y Municipal, así como los antecedentes históricos del predio en estudio, así como de la visita e inspección al sitio y al respecto esta Dirección General de Protección Civil y Bomberos del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco ha determinado la existencia de los siguientes factores de riesgo que pueden ocasionar un siniestro y/o calamidad en el mismo.

En mérito de lo anterior y dado el estudio de riesgos que se ha practicado en el predio referido en este dictamen, es que esta Dirección General de Protección Civil y Bomberos del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco NO RECOMIENDA la aprobación de ningún cambio de uso de suelo al actual, así como tampoco la aprobación de desarrollos urbanos en el área identificada.

Así mismo de conformidad al estudio de riesgos en el predio en que se proyecta el desarrollo del Fraccionamiento Santa Anita Hills Oficio IMP. 051/de fecha 01 de febrero del 2017 realizado por el Instituto Metropolitano de Planeación es posible observar: De acuerdo con el Atlas Estatal de Riesgos para el estado de Jalisco (2007), el tipo de suelo en la zona donde se proyecta el desarrollo es considerado como “suelo problemático”, debido a sus características fácilmente pueden ser erosionados y en condiciones de laderas pronunciadas dar lugar a colapsos.

Los efectos derivados del posible desarrollo urbano en el área de interés, sin duda agravarían la problemática de riesgos en los asentamientos humanos ya establecidos, incrementando las posibles pérdidas de bienes y las afectaciones a la integridad de los individuos que habitan los asentamientos cercanos. La revisión de los aspectos detallados anteriormente, demuestran que se incrementarían las inundaciones locales existentes y la aparición de nuevas áreas de inundación; así mismo se aumentaría el riesgo de desprendimiento de material rocoso por la erosión derivada de la pérdida de cobertura vegetal; y finalmente desde este punto de vista del riesgo, se puede concluir que llevar a cabo el desarrollo propuesto en la zona, no solo afectará a la población residente en la cercanía de la zona, sino que también se expondrá a la que pudiera asentarse en este predio.

Al respecto cabe hacer notar una vez más que se trata de tierras frágiles por el alto riesgo de la estabilidad de sus laderas que al ser removidas durante los trabajos de urbanización y construcción, incrementara de forma notable su fácil arrastre al ser expuesto a las corrientes de agua y viento.

Finalmente, atendiendo la lógica del POTmet de desalentar el crecimiento expansivo en detrimento de los ecosistemas existentes, es claro que debe procurarse no desarrollar el predio con un uso más allá de la conservación, idealmente buscando sumarlo a la estrategia del Sistema Verde Metropolitano para incrementar la sustentabilidad del AMG completa. Para ello, se recomienda que el municipio explore los mecanismos legales y técnicos que permitan una justa compensación por no urbanizar el predio, a través de mecanismos existentes o nuevos, como pudiera ser la transferencia de derechos de desarrollo urbano.

Cabe señalar que no es necesario que exista un elevado relieve para que se produzca un alud, basta simplemente un empuje suficientemente fuerte como para arrastrar todo el material que se ha fundido por el agua. Los aludes de lodo suelen tener lugar durante las estaciones húmedas, aunque también pueden ser provocados aun por pequeños sismos.

En los últimos años, los científicos han examinado una larga lista de factores que llevaron al deslizamiento de tierra, incluidos el suelo, el agua y las condiciones climáticas. En general los deslizamientos de tierra son causados por alteraciones en el equilibrio natural de una pendiente. Pueden ocurrir durante lluvias torrenciales o producirse luego de sequías. Los aludes de barro se producen cuando el agua se acumula rápidamente y causa un repentino aumento de rocas, tierra y detritos saturados con agua. Las áreas empinadas en las que los incendios forestales o cambios en el terreno hechos por el hombre han destruido la vegetación son particularmente propensas a los deslizamientos de tierra durante y después de lluvias.


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